Qué es el complemento de brecha de género
El complemento para la reducción de la brecha de género es una cantidad adicional que la Seguridad Social suma a determinadas pensiones contributivas de quienes hayan tenido hijos y visto afectada su carrera profesional por ello. En 2026 asciende a 36,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de cuatro hijos (147,60 €/mes), y se abona en 14 pagas junto con la pensión.
Desde la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de mayo de 2025 y la STS 3173/2025 del Tribunal Supremo, hombres y mujeres acceden a él en estricta igualdad de condiciones, sin requisitos adicionales para los padres.
Dos regímenes, dos fórmulas
Existen dos complementos distintos según cuándo se reconoció la pensión. Confundirlos es el error más habitual al calcular el importe.
| Característica | Régimen nuevo (RBG) | Régimen antiguo |
|---|---|---|
| Pensiones causadas | Desde el 4/02/2021 | Del 1/01/2016 al 3/02/2021 |
| Cálculo | 36,90 €/hijo/mes fijo (2026) | 5%–15% sobre la pensión bruta |
| Mínimo de hijos | 1 hijo | 2 hijos |
| Porcentaje por hijos | No aplica (importe fijo) | 2 hijos: 5% · 3 hijos: 10% · 4+: 15% |
| Pensiones compatibles | Jubilación, IP, viudedad | Jubilación, IP, viudedad |
| Retroactividad | 3 meses (general) o desde 2021 si hubo denegación | Desde el inicio de la pensión |
Preguntas frecuentes
Aviso legal
Esta calculadora tiene carácter exclusivamente orientativo y aplica las fórmulas públicas establecidas en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social y el Real Decreto 39/2026. Los resultados son estimaciones y no constituyen asesoramiento jurídico ni garantizan el importe que el INSS reconocerá en cada caso concreto. Consulta con un profesional especializado antes de tomar decisiones basadas en estos cálculos.